MANUEL HERNANDEZ GONZALEZ E HIJOS SA - Acto Borme

Modificaciones estatutarias
  • Otras modificaciones estatutarias: Artículo 7.- La sociedad será regida y administrada por la Junio General de Accionistas y por el Organo de Administración.", . Artículo 11.- La sociedad será administrada, representada y gestionada por varios administradores solidarios, cuyo número no será inferior a dos ni superior a cinco. El poder de representación corresponde a cada uno de los administradores solidarios, que la ejercerá individualmente.. "Artículo 12- Para ser nombrado administrador se requiere no se requiere la cualidad de socio, pudiendo serlo tanto las personas físicas como jurídicas, si bien en este último caso deberá determinarse la persona física que aquélla designe como representante suyo para el ejercicio del cargo. No "Artículo 13.- Los administradores ejercerán su cargo durante el plazo de cinco años. Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta General o haya transcurrido el plazo pera la celebración de la junta que ha de resolver sobre la aprobación de las cuentas del "Artículo 14.- El órgano de Administración tendrá las facultades y atribuciones que por Ley no estén preceptivamente reservada a la Junta General de Accionistas. El órgano de Administración podrá otorgar poderes de todas clases, tanto judiciales como extrajudiciales y revocar poderes.".

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 1173 , F 96, S 8, H TF 10010, I/A 12 (14/12/2017)

CVE: BORME-A-2017-242-38

Datos del registro mercantil de Santa Cruz de Tenerife
Número de acto: 502.856
Número de página: 54.144
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