LEGEMMA 2010 SRL - Acto Borme
Modificaciones estatutarias
- Otras modificaciones estatutarias: Formación de la mayoría. La mayoria habrá de formarse necesariamente en Junta General. Los acuerdos sociales se adoptarán por mayoria de los votos válidamente emitidos, siempre que representen al menos un tercio de los votos correspondientes a las participaciones sociales en que se divida el Artículo de los estatutos: 5. Capital.- El capital socialse fija en la cantidad de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 EUROS) dividido en ciento veinte participaciones iguales, numeradas del uno al ciento veinte, ambos inclusive, de un valor cada una de ellas de QUINIENTOS EUROS (500,00 EUROS)
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 1337 , F 27, S 8, H AL 33379, I/A 2 (06/10/2009)
CVE: BORME-A-2009-201-04
Datos del registro mercantil de Almeria
Número de acto: 439.183
Número de página: 58.456