ADI HOGAR Y HOSTELERIA IBERIA SL - Acto Borme

Modificaciones estatutarias
  • Otras modificaciones estatutarias: "Artículo 19..- El cargo de Administrador será retribuido. La retribución consistirá en una cantidad fija anual pagadera en dinero. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los Administradores en su condición de tales deberá ser aprobado por la Junta General y permanecerá vigente "ARTICULO 20..- CONSEJO DE ADMINISTRACION. El Consejo de Administración, de haberlo, estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de doce miembros. El Consejo quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados por otro Consejero, la mitad más uno de sus

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 4067 , F 54, S 8, H Z 37884, I/A 64 (01/12/2021)

CVE: BORME-A-2021-236-50

Datos del registro mercantil de Zaragoza
Número de acto: 536.361
Número de página: 56.877
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