MICRO FORUM SL - Acto Borme
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- Transcurrido un año a contar desde la fecha de la resolución sin que se haya producido la reapertura del concurso, sin ulterior mandamiento deberá procederse por el Registro a cancelar la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja en aplicación de lo dispuesto en e
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 8420 , F 171, S 8, H M 135699, I/A A (13/02/2023)
CVE: BORME-A-2023-35-28
Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 88.269
Número de página: 9.208