INDUSTRIAS DE LA MADERA BRIARCO SL - Acto Borme

Otros conceptos
  • Se ordena el cierre provisional de la hoja registral, declarando que una vez transcurrido un año desde el dictado del auto se deberá proceder por el Registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica con cierre definitivo de la hoja. Cierre provisional hoja registral Art.485 TRLC. Insuficiencia de masa activa

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 17540 , F 50, S 8, H M 301469, I/A 3 (12/07/2023)

CVE: BORME-A-2023-136-28

Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 326.693
Número de página: 34.813
Volver