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Otros conceptos
  • Artículo de los estatutos: 6. Organización y de la administración de la sociedad.-La Junta General podrá optar por cualquiera de los siguientes modos de organizar la administración de la sociedad, sin necesidad de modificación estatutaria: un administrador unico, de dos a cinco administradores solidarios o de dos a tres administradores mancomunados

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: S 8 , H AL 51538, I/A 2 (27/05/2025)

CVE: BORME-A-2025-103-04

Datos del registro mercantil de Almeria
Número de acto: 248.365
Número de página: 25.899
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