NANOGAP SUB-NM-POWDER SA - Acto Borme
Disolución
- La disolución de la Sociedad tendrá lugaren los casos determinados en el TRLSC y además, por acuerdovalido de la Junta General de Accionistas, adoptado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 368 del TRLSC. Artículo 21. Liquidadores. Disuelta la sociedad, se entra en periodo de liquidación, cesando el Organo de Administración y procediéndose al nombramiento de Liquidadores en la forma y con lasfunciones y facultades previstas en los artículos 371 y siguientes del TRLSC. Artículo 24. En todo lo no previsto en estos Estatutos, serán de aplicación las disposiciones del TRLSC
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 30 , F 100, S 8, H SC 38409, I/A 11 (21/08/2012)
CVE: BORME-A-2012-171-15
Datos del registro mercantil de A Coruña
Número de acto: 367.253
Número de página: 40.069