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  • También se acordó la prohibición de competencia establecida en el artículo 230 de la Ley de Sociedades de Capital, autorizándose expresamente para que puedan dedicarse por cuenta propia o ajena al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituye el objeto social de esta sociedad

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 665 , F 176, S 8, H AL 3110, I/A 32 (11/07/2014)

CVE: BORME-A-2014-137-04

Datos del registro mercantil de Almeria
Número de acto: 300.717
Número de página: 32.757
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