ROBLEGAS SA - Acto Borme
Otros conceptos
- ARTICULO 18º.- DURACION DEL CARGO DE ADMINISTRADOR: Los Administradores ejercerán su cargo durante el PLAZO DE SEIS AÑOS, pudiendo ser reelegidos, una o más veces, por periodos de igual duración. El nombramiento de los administradores caducará cuando, vencido el plazo, se haya celebrado junta general o haya transcurrido el plazo para la celebración de la
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 939, L 703, F 12, S 8, H AB 1447, I/A 22 (07/08/2015)
CVE: BORME-A-2015-154-02
Datos del registro mercantil de Albacete
Número de acto: 338.135
Número de página: 36.485